Cómo agregar una finca rústica
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¿Qué es la agregación de una finca rústica?

Es posible que, en alguna ocasión, te hayas preguntado en qué consiste agregar una finca rústica. Pues bien, esta práctica supone unir fincas que lindan. Es decir, fincas con diferente referencia catastral que se encuentran unas al lado de otras y, al agruparlas, se entienden como una finca con una única referencia en el catastro. Además, hay que tener en cuenta que la referencia que se mantiene es la de la finca de mayor importancia o tamaño.

 

¿Cuál es la diferencia entre agregación y agrupación de fincas rústicas?

Anteriormente, hemos explicado en qué consiste la agregación. El objetivo de la agrupación es el mismo: conseguir unir fincas de menor tamaño a una finca matriz que destaca por encima de ellas y que linda con todas. Sin embargo, la diferencia básica consiste en la referencia catastral y lo que sucede con ella. Mientras que en el caso anterior se mantenía la de la finca mayor, ahora se eliminan todas las referencias y se crea una nueva para la finca.

 

Es importante tener en cuenta que, tanto en la agrupación como en la agregación, los propietarios de todas las fincas pueden ser o no la misma persona.

 

Motivos para agregar una finca rústica

Las razones por las que te puede resultar interesante agregar una finca rústica son varias. Por un lado, está el tema fiscal, que obedece a razones económicas. Los impuestos que se generan por pagar más de una finca son mayores que si esta es una finca única. Además, en caso de que decidas gestionar tú mismo los papeles, será mucho más sencillo si las fincas están agregadas.

 

En cuanto a la gestión, si quieres realizar una explotación común en todas las fincas, también sería conveniente que dispongas de una única referencia catastral. De esta forma, los trámites con la administración resultarán más rápidos y sencillos.

 

Otro de los motivos clave son las bonificaciones. Debido a la simplificación de la gestión, la administración ofrece reducción de impuestos a los propietarios que tienen las fincas unificadas a través de la agregación.

 

Requisitos para agregar una finca rústica

Para realizar la agregación, se requieren algunos documentos como la escritura de la propiedad de todas las fincas iniciales que se van a agregar, los planos de estas y la posible documentación adicional sobre cargas y gravámenes asociados.

 

¿Cómo agregar una finca rústica?

Una vez que se disponga de los documentos señalados anteriormente, es fundamental realizar el proceso ante un notario. Además, es imprescindible que exista también un ingeniero técnico o arquitecto que sea el encargado de estudiar los planos aportados sobre cada una de las fincas.

 

Una vez que todo se haya tratado correctamente, se enviará la petición de agregación al catastro. Este proceso no es complejo, pero sí que es importante que se cuente con profesionales expertos que tengan experiencia en el ámbito, ya que hay que tener en cuenta varios aspectos para hacerlo de forma correcta.

 

¿Qué ocurre si la finca tiene varios propietarios?

Cuando la finca tiene varios propietarios, debería realizarse el reparto en proindiviso, es decir, el reparto tiene que figurar con exactitud cuál es la parte y el porcentaje final que pertenece a cada una de las personas involucradas en el proceso, algo que se acordará con todos ellos.

 

En el caso de los matrimonios que estén casados en gananciales, sucede algo similar. De este modo, pueden agruparse una finca de ambos junto con una que pertenece solo a uno de ellos indicando qué parte final corresponde a cada miembro de la pareja.

 

¿Y si la finca tiene cargas?

Esta es una de las situaciones más frecuentes que pueden tener lugar. Por ejemplo, una carga muy frecuente es la hipoteca o crédito que puedes haber pedido para comprar una finca. Esto, en ningún caso, impide la agregación, ni aunque los propietarios de las fincas que lindan sean otras personas. No obstante, hay que aportar toda la documentación para dejar claro a qué parte corresponde la hipoteca. Este crédito no afectará al resto de propietarios y se mantendrá exclusivamente referido a la finca inicial y a su propietario.

 

¿Se puede agregar una porción menor a la Unidad mínima de cultivo?

Esta unidad mínima de cultivo es medida para el caso de la segregación. Es decir, cuando se dividen fincas, el tamaño de división no puede ser inferior a este. Sin embargo, lo que hay que tener en cuenta para la agregación, es que la finca o fincas que se agregan no pueden tener, en total, un tamaño que supere la quinta parte de la finca que las recibe.

 

En definitiva, si estás pensando en agregar una finca rústica, no dudes en consultarlo con nosotros. Somos una empresa especializada en el sector que cuenta con una amplia experiencia; te ayudaremos a solucionar todas tus dudas.

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